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En ASELEC Consultores queremos arrojar luz a las dudas y consultas más frecuentes que nos exponen los empresarios.
Una de las más comunes es la que planteamos en el título de este post: ¿Qué modelos fiscales debe presentar un autónomo?
¿Cuántas veces te han explicado cómo debe declarar fiscalmente tu actividad? Puede que ninguna, o varias, pero sin éxito.
Vamos a resumir con claridad cuáles son los modelos fiscales a presentar.
Un autónomo puede llegar a estar obligado a presentar hasta 10 modelos fiscales diferentes con carácter periódico en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional y los vamos a exponer detallados en la tabla.
Las declaraciones para tributar por IRPF e IVA, las más frecuentes.
Para empezar, debemos aclarar que lo normal es que todos esos modelos sirvan para tributar únicamente por dos impuestos: el IRPF (el impuesto sobre la Renta) y el IVA (y en este caso sólo si su actividad está sujeta al IVA).
Por tanto, tendremos un modelo para cada uno de ellos, y además, un modelo para cada pago parcial sobre los mismos, ya se haga trimestral (lo normal) o mensual (para casos concretos), además de algún modelo accesorio que aporta más información a la Agencia Tributaria sobre algunas de las operaciones que realice.
Pero no te preocupe por tanto modelo, puesto que todos estos trámites los asumimos las asesorías. En Aselec, contamos con un Plan Autónomo que cubre estas y otras necesidades propias de tu situación.
Porque sabemos las dificultades que conlleva «ser» tu propio negocio, resulta necesario tener un equipo de profesionales externo que te ayude, que esté contigo ante los retos del día a día, con un presupuesto limitado, pero sin límites para ti.
Dedícate a lo importante: tu actividad. Nosotros nos encargamos del resto. Y cuando necesites avanzar, estaremos ahí para ayudarte. Este es tu Plan.
Los autónomos son un colectivo muy especial puesto que, en ocasiones, un autónomo se convierte en un trabajador “multitarea”, que además asume personalmente la responsabilidad de su negocio, y que puede verse a menudo superado cuando, por más que se esfuerce, la jornada de trabajo resulta insuficiente.
Aselec Consultores
Nuestro consejo es que delegues cuánto puedas en profesionales de confianza, ya que tu tiempo vale más dedicado un tus clientes que a tareas administrativas.
Nuestro compromiso es ayudarte a comprender la normativa fiscal y a solucionar los problemas que puedan producirse. Con información será más fácil tomar decisiones. El contenido de este artículo es básico para tí y tu actividad o negocio.
Tabla con los modelos fiscales que debe presentar un autónomo.
La siguiente tabla resume las obligaciones de presentación del Autónomo:
IMPUESTO | Trimestral o Mensual | Anual |
Impuesto sobre la Renta | Modelo 130 ó 131. Aquí se declaran los pagos a cuenta (anticipos del IRPF) realizados durante el año (sólo cuando el autónomo factura a sus clientes sin retención). | Modelo 100. IRPF. Aquí se declaran los resultados obtenidos por el autónomo. Se regulariza el impuesto descontando los pagos realizados con anterioridad, resultando ingreso o devolución a su favor. |
Modelo 111. Cuando se pagan rentas sujetas a retención. (Nóminas de empleados, facturas de profesionales, facturas de compra de algunas actividades, y otros casos más infrecuentes). | Modelo 190. Resumen anual. Se declaran detallados los perceptores (empleados, profesionales, etc.) sobre los que se han ingresado las retenciones en el modelo 111. | |
Modelo 115. Cuando se pagan rentas a arrendadores de locales de negocio donde el autónomo desarrolla la actividad. | Modelo 180. Resumen anual. Se declaran detallados los arrendadores sobre los que se han ingresado retenciones en el modelo 115. | |
IVA | Modelo 303. IVA. Cuando la actividad del autónomo está sujeta a este impuesto (lo normal). | Modelo 390. Resumen anual. Se amplía información sobre las operaciones realizadas. Es una declaración, no implica pago. |
Otras Obligaciones | Modelo 349. Intracomunitarias. Cuando el autónomo haga operaciones con otros estados miembros de la Unión Europea. Es declarativo, no implica pago. | Modelo 349. Intracomunitarias.
Este modelo puede se trimestral, mensual o anual. No implica pago. |
Modelo 347. Declaración Anual de operaciones con terceras Personas. Supone declarar a clientes/deudores, proveedores/acreedores cuando las operaciones han superado los 3005,06 euros. Se detalla trimestralmente y no implica pago. |
Si necesitas ampliar información, no pierdas tiempo (y dinero) y contacta con nuestra asesoría fiscal en Murcia, un profesional estará encantado de atenderte.
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