¿CAMBIA LA BASE DE COTIZACIÓN Y LA CUOTA A PAGAR DE LOS AUTÓNOMOS EN EL AÑO 2020?

Con la publicación del Real Decreto-ley 28/2018 de 28 de diciembre, se estableció una subida continuada de los tipos de cotización, que serían de aplicación a los trabajadores Autónomos en 2020. Esta subida de los tipos se irá produciendo, año a año, hasta el año 2022, en la que el tipo se fijará en 30,90%.

Así pues, se modifica la cuota a pagar aunque la Base de Cotización, de momento, se mantendrá con los mismos valores que en el año 2019, hasta que se publique una nueva regulación normativa al respecto, ya sea mediante los Presupuestos Generales del Estado o mediante Real-Decreto.

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¿DE DÓNDE SALE MI CUOTA DE AUTÓNOMO MENSUAL?

Una de las obligaciones de ser autónomo consiste en el pago mensual de la llamada “cuota de autónomos” y ésta varía cada año. Recordemos un momento, en qué consiste exactamente,  la cuota de autónomo.

La cuota de autónomo es un porcentaje que se calcula sobre la base de cotización.

UNIFICACIÓN DE LAS COBERTURAS EN UN ÚNICO TIPO FIJO OBLIGATORIO EN 2019

En enero 2019 se unificaron todas las coberturas dentro de un tipo fijo obligatorio del 30% con el objetivo de mejorar las condiciones laborales del autónomo.

Es decir, desde enero del año pasado, todas las coberturas pasaron a ser obligatorias, no pudiendo el autónomo escoger las que quiere, con la excepción de aquellos trabajadores que a fecha 31 de diciembre de 2018 se estuvieran beneficiando de las bonificaciones y reducciones correspondientes a la tarifa plana, que, aunque sí que tendrán que cotizar obligatoriamente por contingencias comunes y contingencias profesionales –accidente de trabajo y enfermedad profesional- no tendrán obligación de hacerlo por cese de actividad ni formación .

Los trabajadores autónomos podrán cambiar dos veces al año la base de cotización, eligiendo otra dentro de los límites establecidos, siempre que lo soliciten:

  • antes del 1 de mayo, con efectos del 1 de julio siguiente,
  • y antes del 1 de noviembre, con efectos del 1 de enero del año siguiente.

Nuevos tipos a aplicar a la Base de cotización de autónomos para 2020

Como ya hemos dicho, para este recién estrenado año 2020, se modifica la cuota a pagar, aunque la Base de Cotización, de momento, se mantendrá con los mismos valores que en el año 2019, a la espera de una nueva regulación normativa al respecto.

El tipo aplicado a la Base de cotización elegida, aumentará este año, en un 0,3%, con lo que, para este año 2020 el tipo resultante a aplicar será de un 30,3%.

La cuota de autónomos de Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (obligatoria desde 2019) que está incluida en la cotización del autónomo, pasaría de un 0,9% a un 1,1% (incremento del 0,2%).

La cuota de autónomos con cese de actividad (también incluida como obligatoria en 2019) pasa del 0,7% al 0,8%. (incremento del 0,1%)

En estas dos últimas contingencias es donde se ha aplicado el incremento citado del 0,3% para 2020.

¿Cómo quedará la cuota a pagar para este año?

La base mínima queda fijada en el mismo importe que el año anterior, es decir, 944,40€ para autónomos y en 1214,10€ para autónomos societarios y autónomos que en algún momento en el año 2019 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez.

La cuota mensual sería la siguiente:

  • Autónomos…………….………….286,15€ (subida de 2,83€)
  • Autónomos societarios……….367,87€ (subida de 3,64€)

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¿Y con respecto a la Tarifa Plana?

Esta bonificación en las cuotas de autónomo se seguirá manteniendo en 2020, aunque no cotizará por el cese de actividad y formación. Por lo que, para aquellos autónomos que cumplan con los requisitos de bonificación, tendrán el primer año una cuota de 60€ y los meses posteriores una bonificación del 50% y del 30% de la cuota dependiendo del colectivo de bonificación al que puedan acceder (en cuanto a número de meses y tipo de bonificación a aplicar).

Bases de Cotización en 2020 para autónomos con una edad menor o igual a 47 años y con 48 o más años de edad

Aunque de momento no se ha producido ninguna actualización de las Bases de Cotización para este año 2020 (ya que se prorrogan las bases de 2019), recordamos las Bases mínimas y máximas a las que se pueden acoger los trabajadores autónomos:

Base mínima: 944,40€

Base máxima: 4070,10

Al cumplir los 47 años, los autónomos tienden a subir su base de cotización con el fin de aumentar su pensión (al cotizar más los últimos años antes de jubilarse). Esta base estaba topada a fin de no llegar a la base máxima establecida, hasta que en 2019 se estableció la eliminación de estos límites y ya pueden optar entre la base mínima y la base máxima establecida con carácter general.

Para los autónomos que a 1 de enero ya hayan cumplido los 48 años, las base por la que pueden optar estaría comprendida entre 1018,50 y 2077,80 euros/mes.

En el caso de que un autónomo se quiera modificar la base de cotización, existen cuatro plazos para poder comunicarlo:

  • Desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, con efectos del cambio de 1 de abril siguiente.
  • Entre el 1 de abril hasta el 30 de junio, con efectos del cambio de 1 de julio siguiente.
  • Entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, con efectos del cambio de 1 de octubre siguiente.
  • Entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre, con efectos del cambio de 1 de enero del ejercicio siguiente.

El futuro de las bases y cuotas de autónomos: ¿Sistema de pago por ingresos reales?

Ya hay proposiciones para acabar con la libertad de bases de cotización. En concreto, la OCDE ha recomendado acabar con la libertad de bases de cotización. Esta sería la medida de cotización por ingresos reales incluida en el acuerdo de investidura entre PSOE y Unidas Podemos. Para ello propone un sistema de pago según los ingresos reales. Esto conllevaría una subida de las bases de cotización para la mayoría de los autónomos, y únicamente aquellos cuyos ingresos no lleguen al Salario Mínimo Interprofesional, podrían verse beneficiados con una cuota más reducida que la actual.

Si tiene alguna consulta al respecto o necesita ayuda acerca de cómo realizar su cotización, en ASELEC, asesoría y abogados,  ponemos a su disposición nuestra experiencia y profesionalidad. Contacte con nosotros.

Emilia Espín Navarro

Dpto. Laboral

Aselec, asesoría y abogados

Foto: Free pick

 

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