Ahora que estamos afrontando ya la recta final del 2022, y a la vista de un nuevo año, traemos a nuestro blog, el calendario con los días que serán festivos de carácter laboral para el año 2023 que, como cada año, se publica en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

La relación de estos día que serán festivos el año que viene nos la da, la resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2023 (BOE 14 Octubre 2022) y al hilo de esta, prácticamente todas las Comunidades autónomas ya tienen también su propio calendario publicado.

Festivos nacionales en 2023

Según publica el BOE, contaremos con 14 fiestas anuales no recuperables, remuneradas y de carácter obligatorio. Así:

Ocho serán de carácter obligatorio y no sustituibles por las comunidades autónomas:

  • 7 de abril (Viernes Santo),
  • 1 de mayo (Fiesta del Trabajo),
  • 15 de agosto (Asunción de la Virgen),
  • 12 de octubre (Fiesta Nacional de España),
  • 1 de noviembre (Todos los Santos),
  • 6 de diciembre (Día de la Constitución Española),
  • 8 de diciembre (Inmaculada Concepción) y
  • 25 de diciembre (Natividad del Señor).

Cuatro días de fiesta de carácter nacional sustituibles que las comunidades pueden elegir como festivos o cambiarlos por otros días de celebración.

Dos serán elegidas por cada ayuntamiento.

Este año todas las comunidad autónomas han decidido no sustituir el 6 de enero (Día de Reyes).

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Cuando será Semana Santa en 2023

El próximo año la Semana Santa se celebra a principios de abril, 6 y 7 de abril, aunque recordemos que solo será festivo en toda España el Viernes Santo (7 de abril), si bien la mayoría de las autonomías (salvo Cataluña y Comunidad Valenciana) han optado por hacer festivo también el Jueves Santo (6 de abril).

Además, en Cataluña, Comunidad Valenciana, Islas Baleares, La Rioja, Navarra y País Vasco, también será festivo el lunes de Pascua (10 de abril). Por otra parte, las fiestas autonómicas serán de dos tipos:

  • aquellas que los Gobiernos regionales pueden sustituir por jornadas festivas propias,
  • y los festivos nacionales que las autonomías pueden cambiar (por ejemplo, trasladar al lunes las que caen en domingo).

Calendario Laboral 2023 (pic.)

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Calendario Laboral Murcia 2023

El calendario laboral 2023 de la Región de Murcia incluye entre sus días festivos el 2 de enero, lunes, al trasladar la fiesta de Año Nuevo, que cae en domingo. 

El calendario laboral de Murcia cuenta con 12 días festivos comunes para toda la región, a los que se suman dos festivos locales, que fija cada ayuntamiento.

Días Inhábiles en la Región de Murcia: 

2 de enero, lunes siguiente a Año nuevo. 

6 de enero, Epifanía del Señor.
6 de abril, Jueves Santo.
7 de abril, Viernes Santo. 

1 de mayo, Fiesta del Trabajo. 

9 de junio, Día de la Región de Murcia. 

15 de agosto, Asunción de la Virgen.
12 de octubre, Fiesta nacional de España. 

1de noviembre, Todos los Santos. 

6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

8 de diciembre, Inmaculada Concepción. 

25 de diciembre, Natividad del Señor. 

Días Inhábiles en las localidades murcianas: 

• ABANILLA: 3 de Mayo y 14 de Septiembre. 

• ABARÁN: 11 de Abril y 27 de Septiembre. 

• ÁGUILAS: 21 de Febrero y 31 de Marzo. 

• ALBUDEITE: 17 de Enero y 8 de Septiembre. 

• ALCANTARILLA: 19 de Mayo y 12 de Septiembre. 

• ALCÁZARES (LOS): 10 de Abril y 13 de Octubre. 

• ALEDO: 25 y 28 de Agosto. 

• ALGUAZAS: 11 de Abril y 12 de Junio. 

• ALHAMA DE MURCIA: 2 de Febrero y 6 de Octubre. 

• ARCHENA: 8 de Junio y 1 de Septiembre

• BENIEL: 2 de Febrero y 24 de Agosto.

• BLANCA: 14 Abril y 16 de Agosto.
• BULLAS: 2 y 3 de Octubre. 

• CALASPARRA: 31 de Julio y 8 de Septiembre. 

CAMPOSDELRÍO: 17deEneroy23 de Junio. 

• CARAVACA DE LA CRUZ: 2 y 3 de Mayo.

• CARTAGENA: 31 de Marzo y 22 de Septiembre. 

• CEHEGÍN: 12 y 14 de Septiembre. 

• CEUTÍ: 10 de Abril y 16 de Agosto. 

• CIEZA: 3 de Mayo y 24 Agosto. 

• FORTUNA: 10 de Abril y 16 de Agosto. 

• FUENTE ÁLAMO: 20 de Julio y 28 de Agosto. 

• JUMILLA: 10 de Abril y 26 de Diciembre. 

• LIBRILLA: 23 y 24 de Agosto. 

• LORCA: 8 de Septiembre y 23 de noviembre. 

• LORQUÍ: 16 de Enero y 25 de Julio. 

• MAZARRON: 13 de Junio y 17 de noviembre. 

• MOLINA DE SEGURA: 17 de Enero y 18 de Septiembre. 

• MORATALLA: 19 de Abril y 29 de Septiembre. 

MULA:21y25deSeptiembre.
• MURCIA: 11 de Abril y 12 de Septiembre. 

• OJÓS: 17 de Enero y 28 de Agosto. 

• PLIEGO: 25 de Abril y 8 de Septiembre. 

• PUERTO LUMBRERAS: 7 de Julio y 7 de Octubre. 

• RICOTE: 19 y 20 de Enero. 

• SAN JAVIER: 3 de Febrero y 25 de Julio. 

• SAN PEDRO DEL PINATAR: 29 de Junio y 17 de Julio. 

• SANTOMERA: 29 de Septiembre y 7 de Octubre. 

• TORRE PACHECO: 7 de Octubre y 26 de Diciembre. 

• TORRES DE COTILLAS (LAS): 11 de Abril y 25 de Agosto. 

• TOTANA: 7 de Enero y 25 de Julio. 

• ULEA: 3 de Mayo y 24 de Agosto. 

• UNIÓN (LA): 25 de Julio y 15 de Septiembre. 

• VILLANUEVA DEL RÍO SEGURA: 17 de Enero y 16 de Agosto. 

YECLA:18deSeptiembrey7de Diciembre. 

Para resolver cualquier duda acerca de este tema, los profesionales de asesoría laboral de ASELEC Consultores, se ponen a tu disposición. No dudes en ponerte en contacto con nosotros.

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