La retribución flexible (conocida también como retribución a la carta) es una modalidad que permite a los trabajadores prescindir de una parte de su retribución dineraria a cambio de percibir una serie de bienes o servicios, de forma gratuita o por precio inferior al de mercado, con la ventaja de que, por ser retribución en especie, pueden gozar de una mejor fiscalidad, al existir supuestos excluidos de tributación.

Es una modalidad totalmente voluntaria para empresa y trabajador.

Hay que tener en cuenta que el art. 26 ET establece como límite que el salario en especie no supere el 30% de las percepciones salariales del trabajador.

Responsabilidad Social Corporativa + Ventajas Fiscales

Cada vez más empresas muestran un serio compromiso con la denominada Responsabilidad Social Corporativa (RSC) que ha llegado para quedarse en un mundo laboral, donde los trabajadores aprecian cada vez más los valores de su empresa y la retribución emocional que ésta pueda ofrecerle.

Desgranando las múltiples vertientes en las que la RSC puede modular el estilo y las formas de entender el entorno laboral, en cuanto a la protección de los valores en el seno de la empresa, llegamos al importante papel que la retribución flexible puede jugar como factor altamente motivador en la relación trabajador-empresa.

En este sentido la retribución flexible o salario en especie, ofrece a las empresas como primer y más evidente beneficio, mejorar su imagen, modernizarla y trasmitir ese interés por la motivación de sus empleados y por crear equipos estables. 

A día de hoy, puede consistir desde las más habituales, como vivienda, automóvil o acciones de la empresa, hasta una cuota del gimnasio, enmarcada en la promoción de una vida saludable para los trabajadores, o un cheque guardería, que muestre una especial preocupación por la conciliación familiar. Más adelante veremos cuales son los tipos de retribución flexible más habituales.

Como hemos señalado, la retribución flexible, por ser retribución en especie, ofrecen una mejor fiscalidad, al existir supuestos excluidos de tributación, como veremos más adelante..

En todos estos casos, la inclusión de este concepto en nómina como salario en especie, nos permitiría reducir la base para el cálculo de la retención de IRPF, en mayor o menor medida dependiendo de la modalidad, pero siempre manteniendo la base de cotización en seguridad social. Esto es así desde la redacción dada al Art. 109 de la LGSS por el Real Decreto Ley 16/2013,  de 20 de diciembre, a partir del cual se establecía que la base de cotización pasaba a estar constituida por la remuneración total, tanto en metálico como en especie.

Salarios, sueldos y retribuciones

Ya nos hemos ocupado en varias ocasiones en nuestro Blog de los diferentes modalidades de salario y de las cuestiones más habituales que se le plantean al empresario a la hora de remunerar el trabajo de sus empleados. No te pierdas estos interesantes artículos acerca de los sueldos o salarios:

Beneficios de la retribución flexible a los trabajadores

Veamos cuales puedes ser las ventajas o beneficios de los que hablamos en la retribución flexible, tanto para la empresa como para el trabajador, así como los tipos más habituales.

VENTAJAS
Para los trabajadores– Aumento de poder adquisitivo, ya que el importe de las soluciones que se contrata no tributa en IRPF.
– La base de cotización a la Seguridad Social no se ve afectada.
– Se flexibiliza el salario en función de las circunstancias personales en ese momento.
Para la empresa– Para la empresa no supone un incremento de la carga salarial y en algunos casos se beneficia también de ventajas fiscales.
– Retención el talento.
– Aumento de la productividad gracias al aumento de motivación de los empleados.
– Mejora de la reputación de la empresa.


TIPOS DE RETRIBUCIÓN FLEXIBLE
Tickets comidaPueden entregarse por el valor de hasta 11 euros diarios (para uso en días laborables), que quedarían exentos de tributación en el IRPF si se cumplen determinados requisitos, con independencia de que el servicio se preste en el propio local del establecimiento de hostelería o fuera de éste, previa recogida por el empleado o mediante su entrega en su centro de trabajo o en el lugar elegido por aquel para desarrollar su trabajo en los días en que este se realice a distancia o mediante teletrabajo.

La empresa que los entregue debe llevar un registro numerado de los vales entregados, que deben ser nominativos e intransferibles y en el caso de tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago, del número de documento y cuantía entregada cada uno de los días.
Tickets transporteQuedan exentos en el IRPF del trabajador hasta 136,36 euros mensuales (1.500 euros anuales) por trabajador, siempre que dicho importe esté destinado al desplazamiento del empleado entre su lugar de residencia y el centro de trabajo.

Como en los tickets comida, la empresa también debe llevar un registro y también son nominativos e intransferibles.
Tickets guarderíaEl importe se puede deducir en su totalidad del Impuesto de Sociedades de la empresa y no existe cantidad máxima. Para el trabajador está exenta la entrega por su empresa de tickets cuando cumplan los requisitos establecidos.
Se gestionan de forma muy parecida a los tickets comida. El importe de los tickets guardería pagado por la empresa que constituye retribución en especie exenta no da derecho al incremento de la deducción por maternidad. Sin embargo, sí da lugar a su aplicación la cantidad que paga el empleado por exceder la cantidad a pagar a la guardería del importe satisfecho por la empresa.

Para aprovechar al máximo las diferentes deducciones y desgravaciones fiscales en el pago de guarderías las madres trabajadoras deberían tener en cuenta que no necesariamente es más conveniente que le paguen todo el importe de gastos de guardería como retribución flexible.
Seguro médicoLa empresa puede deducirse en el Impuesto de Sociedades hasta 500 euros por cada persona asegurada (que puede ser tanto el trabajador como su cónyuge e hijos) o 1.500 en caso de personas con discapacidad.Los empleados no tendrán que tributar por este concepto hasta un importe de 500 euros anuales por persona beneficiaria o de 1500 en el caso de personas con discapacidad.
Cuotas de gimnasioLa parte de la cuota abonada por la empresa puede deducirse en el Impuesto de Sociedades, pero no tendría la consideración de renta en especie exenta para el trabajador, al no tratarse del uso de una instalación deportiva propiedad de la empresa.
Planes de pensionesLas aportaciones a planes de pensiones se podrán deducir de la Base Imponible del Impuesto de Sociedades de la empresa.
De cara al trabajador, suponen una retribución en especie y dan derecho a reducción en la base imponible, aunque no suponen una exención fiscal para el trabajador, sino más bien un diferimiento fiscal, dado que tributarán como rendimientos del trabajo en el momento de proceder al rescate, aunque posiblemente a un tipo menor ya que en la jubilación se presume un menor nivel de ingresos que en el momento en el que se realizó la aportación.
Entrega de accionesQuedan exentas de IRPF hasta 12.000 euros anuales. Las acciones tienen que ser de la propia sociedad.

Tienen que formar parte de la política retributiva general de la empresa.El trabajador o el conjunto de su familia no puede tener acciones de la misma empresa en una cuantía superior al 5%.El empleado debe conservarlas durante al menos 3 años.
Seguro de vida y accidentesEstán excluidas de tributación, sin límite, en la parte de la prima que cubra el accidente laboral o responsabilidad civil del trabajador.
Cursos de formaciónSin límite, siempre que el curso venga exigido por el desarrollo de las actividades del empleado o esté relacionado con las características de su puesto de trabajo.La financiación de estos cursos puede formularse indirectamente.

A este respecto, se entenderá que los estudios han sido financiados indirectamente por el empleador cuando se financien por otras empresas para los que resulte necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador, siempre y cuando el empleador autorice la participación del empleado en cuestión.
Coste cero para la empresa.

En ASELEC Consultores somos asesoría laboral y  resolvemos cualquier duda sobre las distintas ventajas que la retribución flexible puede aportar a tus costes salariales. Contacta con nosotros.

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