En caso de pluriempleo, ser autónomo y trabajar por cuenta ajena, hay que informarse de cuales son las obligaciones con la Seguridad Social y de la cotización.
La pluriactividad se define como la situación en la que se realizan dos o más actividades laborales que obligan a cotizar en más de un Régimen de la Seguridad Social.
Lo primero que hay que tener claro es que es compatible, por tanto, tener un contrato por cuenta ajena, y consiguientemente estar dado de alta en el Régimen General, y al mismo tiempo estar dado de alta en autónomos y ejercer profesional o empresarialmente otras actividades económicas por cuenta propia.
De esta forma se produce una doble cotización y el trabajador tendría derecho a una devolución en caso de exceso de cuota. Este exceso está fijado para 2017 en 12.368,23 euros.
Destacar, sin embargo, que no hay que pensar que nos corresponde todo lo que hayamos cotizado por encima de dicha cantidad, sino que a lo que tendríamos derecho sería a la devolución del 50% del exceso en que las cotizaciones ingresadas superen esta cantidad, no obstante, con el límite del 50% de las cuotas de autónomos abonadas.
El plazo para solicitar dicha devolución con respecto de las cuotas abonadas en 2016, finaliza el día 30 de abril de 2017.
No espere más y contacte con nosotros para exigir su devolución
Ana García
Dpto. Laboral-Jurídico
aselec consultores, s.l.p