Si quieres implementar en tu empresa la jornada laboral de 4 días y para ello poder recibir las ayudas que ofrece el Gobierno para llevar a cabo en tu organización este proyecto piloto, te explicamos a continuación todo lo que debes saber.

En el BOE del pasado 13 de abril se dictó el extracto de la Resolución de 11 de abril de 2023, de la Fundación EOI, F.S.P., por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas al impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.

La propia resolución remite, para comprobar los requisitos exigibles y demás circunstancias relativas a estas ayudas, a la Orden ICT/1238/2022, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de estas subvenciones.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el lunes 15 de mayo de 2023.

A continuación se resumen los principales elementos de esta regulación, requisitos exigidos y trámites para acceder a las ayudas para implantar la jornada laboral de 4 días semanales.

Qué empresas pueden solicitar las ayudas para implantar la jornada laboral de 4 días semanales

Estas ayudas para implantar la jornada laboral de 4 días semanales afectan a sociedades que tengan consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.

¿Qué obligaciones deben cumplir las empresas beneficiarias?

  • Realizar las actuaciones subvencionables, acreditarlas y cumplir los requisitos.
  • Colaborar con las actuaciones de comprobación y control, aportando en cualquier momento que se solicite, cuanta documentación le sea requerida.
  • Asegurarse de que toda la información y documentos presentados, desde la solicitud hasta la justificación, son ciertos y corresponden a una fiel expresión de la verdad.
  • Conservar las facturas completas y todos los documentos acreditativos de las actuaciones objeto de ayuda y tenerlas a disposición de la Fundación EOI durante un periodo de cuatro años a contar desde el fin del período de justificación.
  • Someterse a las actuaciones de comprobación que dicha fundación estime oportuno, aportando cuanta información le sea requerida por esta.
  • Comunicar a la fundación cualquier alteración o incidencia que afecte a las condiciones bajo las cuales se concedió la ayuda o la obtención de cualquier otra financiación pública concurrente parcial o totalmente con los gastos subvencionables.
  • Acreditar en cualquier momento que se solicite, que se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.
  • Acreditar en cualquier momento que se solicite, el cumplimiento de obligaciones de presentación de cuentas ante el Registro Mercantil.
  • Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España y mantenerlos, al menos, durante toda la duración del proyecto piloto.
  • En el caso de no poder ejecutar el proyecto piloto para el cual se concedió la ayuda, comunicar la renuncia a la ayuda solicitada en el momento en que se produzca la certeza de la no ejecución y, en su caso, en el plazo máximo de dos meses desde la resolución de concesión, procediendo a la devolución voluntaria y abonando los intereses de demora.
  • Declarar al órgano concedente todas las ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, tanto en el momento de la presentación de la solicitud como durante la tramitación del procedimiento.

¿Qué elementos debe reunir el proyecto piloto de reducción de la jornada laboral?

Los siguientes, siempre sin merma salarial:

  • Compromiso empresarial de reducción de la jornada laboral ordinaria a tiempo completo que refleje una reducción mínima del 10% de la jornada en cómputo semanal. Este compromiso se establecerá para una duración temporal mínima de dos años, computable desde la concesión de la ayuda, y afectará únicamente a personas trabajadoras con contrato indefinido a tiempo completo.
  • Compromiso empresarial relativo a que la reducción de la jornada laboral ordinaria realizada en los términos precedentes, en ningún caso afectará a las retribuciones salariales que legal o convencionalmente correspondiesen al 100% de la jornada laboral.
  • Deberá garantizarse que el número de mujeres participantes en el proyecto responda al porcentaje de distribución de género existente en la totalidad de la plantilla con contrato indefinido a tiempo completo, permitiéndose una desviación del 10%. No obstante, este porcentaje de mujeres participantes podrá ser superior, pero no inferior.
  • La propuesta del número de personas trabajadoras participantes en el proyecto piloto realizada por la empresa debe afectar como mínimo a un porcentaje de la plantilla de la empresa o centro de trabajo, en estos términos en función del tamaño del mismo: para empresas o centros de trabajo de hasta 20 personas trabajadoras, al menos al 30% de las mismas; si se cuenta entre 21 y 249 personas trabajadoras, al menos al 25%.
  • Medidas organizativas o formativas para optimizar el tiempo de trabajo a implementar durante toda la duración del proyecto piloto, que redunden en la mejora de la productividad de la empresa.
  • Indicadores que midan la mejora de la evolución de la productividad del trabajo en la empresa o centro de trabajo que serán evaluados periódicamente.

Los proyectos deben ser objeto de acuerdo con la representación legal de los trabajadores, con carácter previo a la solicitud de la ayuda.

En caso de no existir representación legal, el acuerdo deberá alcanzarse con las organizaciones sindicales más representativas del sector correspondiente, empresa o bien mediante una comisión negociadora elegida por las personas trabajadoras.

Este acuerdo incluirá la propuesta de designación de los miembros de una comisión de seguimiento del proyecto por la parte empresarial, y debe acreditarse en el momento de la solicitud.

¿Qué costes se financian con las ayudas?

Las ayudas para implantar la jornada laboral de 4 días semanales podrán destinarse a los siguientes costes:

  • Costes salariales del personal afectado por la reducción de la jornada laboral: gastos que debe soportar la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada laboral durante el primer año, y que incluyen la parte proporcional de los costes brutos de empleo (sueldos y cotizaciones sociales) del personal de la empresa participante en el proyecto piloto y conforme a la descripción realizada en la solicitud y en la memoria del proyecto.
  • Gastos de contratación de los servicios de formación relativa a la optimización del tiempo de trabajo de los trabajadores afectados a la implementación del proyecto piloto.
  • Gastos de contratación de servicios externos de asesoramiento para el diseño o rediseño de procesos afectados por el proyecto piloto y directamente vinculados a la producción de bienes y servicios de la empresa, o costes de personal implicado en esas mismas funciones.
  • Gasto derivado de un informe realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuyo importe máximo subvencionable no podrá exceder del 1% de la totalidad del presupuesto subvencionable del proyecto.

Los gastos subvencionables del proyecto piloto deberán realizarse en el plazo de doce meses a contar desde el día siguiente a la resolución de concesión, excepto el gasto derivado del informe de auditoría, que podrá realizarse dentro del plazo concedido para presentar la documentación justificativa.

¿Hasta qué cuantía se financiará?

Se podrá financiar hasta el 90% sobre el presupuesto financiable (sin perjuicio de la normativas de mínimis, de modo que una única empresa no puede percibir más de 200.000 euros durante los tres últimos ejercicios fiscales).

Por conceptos financiables, los importes máximos serán:

a) Por costes de personal afectado por la reducción de la jornada laboral durante el primer año:

  • Hasta 10 empleados en la empresa: 90% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
  • Entre 11 y 52 personas en plantilla: 80% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.
  • Entre 53 y 249 personas en plantilla: 75% del gasto de personal soportado por la empresa como consecuencia de la reducción de la jornada durante el primer año.

Se establece un límite máximo subvencionable de 150.000 euros para gastos de personal afectado por reducción de jornada laboral.

b) Por costes de formación: hasta el 100% del gasto debidamente justificado.

c) Por costes de colaboraciones externas y personal interno: hasta el 80% del gasto debidamente justificado.

d) Por gastos de informe de auditor: hasta el 100% del gasto debidamente justificado, y teniendo en cuenta el límite antes citado.

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El plazo finaliza un mes después de la publicación del extracto de la resolución en el BOE, es decir, el 15 de mayo de 2023 (el 14 es domingo).

¿Cómo se solicitan las ayudas?

Las solicitudes y el resto de comunicaciones y demás documentación exigible relativa a los proyectos piloto, serán remitidas electrónicamente a través del registro electrónico accesible desde la sede electrónica de la Fundación EOI, F.S.P.

Se debe presentar la siguiente documentación:

  1. formulario de solicitud,
  2. memoria,
  3. acreditación de poder del firmante,
  4. acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social,
  5. cuentas anuales del último ejercicio (correctamente depositadas en el Registro Mercantil) y en su caso informes de auditoría,
  6. acreditación de la declaración y liquidación del Impuesto de Sociedades,
  7. documentación de acuerdo con la representación legal de la plantilla y
  8. diversas declaraciones responsables (se recomienda el estudio de las bases de convocatoria, que incluyen, además, los criterios de evaluación de solicitudes y los método de instrucción, valoración, pago, etc.).

La solicitud se cumplimentará por vía telemática mediante certificado digital válido y compatible con la sede electrónica de la Fundación EOI, utilizando para ello los medios disponibles en http://www.eoi.es, a través de la cual deberá cumplimentarse el formulario de solicitud y adjuntar los documentos requeridos.

Los documentos requeridos deberán ser emitidos por el organismo oficial competente o, en su caso, firmados mediante certificado digital válido, según se especifique en la sede electrónica de la Fundación EOI.

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