Todo contrato laboral incluye un apartado en el que se especifican las horas semanales que debe realizar el trabajador. Para los casos en los que se incremente ligeramente esta jornada, la empresa tendrá que compensar el trabajo extra con importes mayores a los correspondientes a una hora habitual de trabajo, como bien se señala en la normativa vigente desde mayo de 2019 en España, a través de las conocidas horas extras.

Qué son las horas extraordinarias

Imaginando un contrato a tiempo completo en el que se trabajen 40 horas semanales, con un máximo de 8 diarias, debemos saber que este es el límite legal que se puede pactar entre trabajador y empleador. Todo el tiempo que sobrepase estos límites se consideran horas extraordinarias, las cuales tienen una serie de características especiales a tener en cuenta:

  • Dependiendo del tipo de contrato o del convenio colectivo, trabajar un domingo o día festivo se considera (o no) como hacer horas extras. Por ejemplo, en el sector servicios o en los hospitales, estos días son ordinarios y no se realizan pagas superiores a las habituales.
  • Son horas de carácter voluntario salvo aquellas que tengan un motivo de fuerza mayor.
  • No se pueden superar las 9 horas de trabajo diarias ni las 80 horas extras anuales.
  • Los contratados a tiempo parcial, los menores de edad o aquellos con contratos en prácticas no pueden hacer horas extras por ley.

Regulación de las horas extras

Para entender cómo se regulan las horas extras en España, debemos saber que estas se diferencian dentro de dos tipos. Si tienes cualquier duda, contáctanos, somos una reconocida asesoría laboral en Murcia.

Horas extras comunes

Este tipo de horas extras, salvo que se hayan pactado en el contrato laboral o sean obligatorias por convenio colectivo, son realizadas de forma voluntaria por el propio trabajador. Eso sí, en todos los casos, existe un límite de 80 horas extraordinarias al año, y estas se prohíben en trabajadores nocturnos y empleados menores de 18 años. Dentro de las horas extras comunes, encontramos dos tipos:

  1. Obligatorias pactadas. El trabajador tiene que cumplirlas con obligación si no quiere enfrentarse a una sanción, siempre y cuando no superen las 80 anuales y siempre que se hayan pactado en el convenio colectivo o contrato individual de trabajo.
  2. Voluntarias. También son propuestas por parte de la empresa, pero en este caso es el trabajador el que decide, y no puede ser sancionado si se niega a aceptarlas.

Horas extras por fuerza mayor

Se consideran horas extras por fuerza mayor aquellas que se trabajen con la finalidad de reparar y/o evitar daños de carácter grave y urgente. Son las horas extras obligatorias que mencionamos anteriormente, y estas no se computan dentro del límite máximo de 80 horas extra anuales.

Cómo se pagan las horas extras

Para saber a cuánto se paga la hora extra, debes saber que hay dos formas:

  1. Periodos de descanso retribuidos. Existe la posibilidad de retribuir las horas extra a un trabajador facilitándole periodos de descanso en los que cobre lo equivalente a las horas extraordinarias trabajadas.

El E.T prioriza que la hora extras sea retribuida con tiempo de descanso y así en caso de que no exista ningún pacto para ello, estas se compensarán a través de descansos retribuidos en los 4 meses siguientes a la realización de las horas extras. La compensación con periodo de descanso retribuido tiene una ventaja para la empresa, no debe ser cotizada de forma distinta al resto de las horas trabajadas. La jornada de cada trabajador se registrará día a día, a efectos del cómputo de horas
extraordinarias, es legalmente obligatorio el registro, tanto de la hora extra que se va a compensar con descanso, como del tiempo de libranza para su recuperación.


La retribución de las horas extra a un trabajador compensándolas con tiempos de descanso, deberá ser como mínimo con el mismo tiempo de horas extraordinarias realizadas, salvo que por convenio colectivo se establezca una compensación mayor. En los casos en los que las horas extras se compensan con descanso no se computan para el límite de las 80 horas anuales máximas.

  1. Compensación económica 

La empresa puede optar por compensar la hora extra mediante retribución económica. Para saber el importe de cada hora extra realizada, el trabajador debe consultar el convenio colectivo correspondiente o lo pactado en su contrato
de trabajo, en ningún caso pueden pagarse con una cantidad inferior a la hora de trabajo normal u ordinaria.

Veamos un ejemplo de compensación económica, en el que el recargo establecido por la hora extra es del 75% sobre el salario hora del trabajador. Si un empleado trabaja las 40 horas semanales que establece la ley, y tiene un salario de 2100 euros mensuales, tendremos que calcular el salario devengado por hora y aplicarle el recargo, obteniendo el cálculo de horas extra:

  • Salario diario: 2100 / 30 días = 70 €
  • Salario devengado por hora: 70 / 8 horas = 8,75 €
  • Valor por hora extra = 8,75 € x 1,75 = 15,3125 €

Podemos concluir en que, para la empresa, el precio de horas extras de este trabajador será de 15,3125 €

En la mayoría de los casos, la forma de pago de las horas extras se establece en el propio contrato de trabajo, o bien en convenio colectivo. Una buena asesoría en Murcia podría ayudarte a calcular estos importes de forma rápida y sencilla.

Ahora sabes cómo se pagan las horas extras. Siempre y cuando estas se enmarquen en la legislación actual y no superen los límites establecidos, podrán ser aceptadas por el trabajador, que cobrará una cuantía igual o mayor por las mismas o tendrá derecho a su descanso retribuido.

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