Los complementos salariales juegan un papel muy importante en lo que respecta a la gestión de las nóminas. No en vano, su tramitación genera no pocas incidencias entre empresarios y trabajadores. Acompáñanos para conocer no solo en qué consisten estas retribuciones, sino también cuáles son sus tipos y cómo se fijan.

Qué son los complementos salariales

Los complementos salariales son retribuciones que se añaden al salario base de un trabajador por cuenta ajena cuando concurren las circunstancias que dan origen a su percepción. Estas prestaciones están reguladas en el art. 26.3 del Estatuto de los Trabajadores.

La suma del salario base y los complementos salariales dan como resultado la nómina del trabajador. Al igual que sucede con aquel, la cuantía de estos últimos vendrá determinada en el convenio colectivo o en el contrato individual.

Estos complementos también son conocidos como pluses, premios o primas. En particular, se les denomina «bonus» cuando su concreción final queda en manos del empresario.

Características

  1. Forman parte de la nómina, es decir, que integra pagas extras e incentivos.
  2. Puede consistir en el pago de una suma de dinero o tratarse de una retribución en especie.
  3. Retribuye al trabajador en función de determinadas circunstancias (no como el salario base que paga por unidades de tiempo u obra).
  4. Según puedan ser o no modificados o eliminados, podemos hablar de pluses consolidables (inalterables) o no consolidables (alterables). Salvo pacto en contrario, los complementos vinculados al puesto de trabajo y a la empresa tendrán esta última consideración.
  5. Existe total libertad para fijar su cuantía, ya que apenas hay regulación al respecto.

En qué se diferencian los complementos salariales de los no salariales

  • Por su inclusión en la nómina. El complemento salarial forma parte de ella, cosa que no sucede con el complemento extrasalarial.
  • Por su finalidad. El complemento no salarial indemniza al trabajador por los gastos que ha tenido que desembolsar a causa de su actividad (traslados, herramientas, ropa de trabajo, etc.). El complemento salarial le proporciona una retribución complementaria cuando se dan determinadas circunstancias.
  • Por su cómputo a efectos de abonar los períodos de descanso. Los complementos extrasalariales no computan, mientras que los pluses sí lo hacen.

Tipos de complementos salariales más frecuentes en las nóminas

Pluses relacionados con las circunstancias personales del trabajador

Estos complementos retribuyen al empleado conforme a las circunstancias personales que ostenta, siendo estas independientes de su puesto de trabajo. Tienen carácter consolidable (el trabajador no puede perderlos aunque cambie de puesto).

  • Antigüedad
  • Título o conocimientos especiales
  • Idiomas

Complementos salariales vinculados al trabajo realizado

Estos complementos retribuyen al trabajador por circunstancias relacionadas con su puesto y la forma de desempeñar su actividad laboral. Salvo pacto en contrario, tienen carácter no consolidable.

  • Por turnicidad
  • Por trabajar de noche
  • Por trabajar en festivo
  • Por lugar de residencia
  • Por los riesgos propios del puesto (por ejemplo, peligrosidad o penosidad).
  • Por la mayor cantidad o calidad de trabajo realizada (productividad, puntualidad, horas extra, etc.).
  • Por disponibilidad (por ejemplo, horaria o funcional).

Primas que dependen de la situación y resultados de la empresa

Estos complementos nacen de la decisión empresarial de compartir sus beneficios corporativos con su plantilla. Al igual que sucede con los anteriores, se consideran no consolidables, salvo pacto en contrario.

  • Participación en el capital empresarial (concesión de acciones).
  • Gratificación por beneficios (aumento de la retribución en función a los resultados financieros obtenidos por la empresa).

Cómo se fijan los complementos salariales

Tal y como apuntábamos antes, los pluses salariales pueden tener su origen en el convenio colectivo o en el contrato individual. Sea como fuere, se da una enorme libertad a la hora de determinar su cuantía. Otro tanto sucede con la posibilidad de establecer su carácter consolidable o no consolidable.

Las técnicas empleadas para fijar la cuantía de estos pluses son:

  • Establecer específicas cuantías correspondientes a cada uno de los complementos.
  • Fijar porcentajes de recargo sobre bases previamente establecidas (por ejemplo, solo sobre el salario base, sobre el salario base y alguno de los complementos…).

Es importante tener en cuenta que las diversas circunstancias que den lugar a estos complementos deberán reconducirse a alguno de los tres tipos generales especificados en el 26.3 ET.

Si el complemento salarial comporta una parte en especie, esta no podrá superar el 30 % de las percepciones salariales. Tampoco podrá conllevar una reducción de la íntegra cuantía dineraria del SMI (segundo párrafo del art. 26.1 ET).

Evidentemente, la correcta gestión de los complementos salariales requiere mucho más que una mera aproximación teórica como la que acabamos de ofrecerte. Por eso mismo, si estás buscando un equipo profesional que te asesore y tramite tus nóminas, siempre puedes contar con ASELEC. Como tu asesoría laboral en Murcia, nos encargaremos de todos estos trámites para que tú no tengas que preocuparte de nada.

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