Calendario de días inhábiles correspondiente al año 2018, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.

Días hábiles o inhábiles  son los días que la ley designa como aptos o no aptos para la realización de determinados actos o para el cómputo de plazos. Cuando se hace referencia a que un plazo es de días hábiles, se quiere decir que en el cómputo de días se excluyen los festivos, que son inhábiles. Cuando las actuaciones son de carácter urgente, todos los días son hábiles, y en determinados ámbitos, también los sábados lo son.

Así para este año 2018, se publicó el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado, en la Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2018.(BOE, 18-diciembre-2017)

Por tanto, según esta resolución,

Son días inhábiles:

a) En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Año 2018-Calendario de días inhábiles

Enero:
Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

Febrero:
Todos los sábados y domingos del mes.

Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.

Día 19: Inhábil en la CC.AA. de Murcia.
Día 29: Inhábil en la CC.AA.de Murcia
Día 30: Inhábil en todo el territorio nacional.

Abril: Todos los sábados y domingos del mes.

Mayo: Todos los sábados y domingos del mes.

Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Junio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la CC.AA. de: Murcia

Julio: Todos los sábados y domingos del mes.

Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.

Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.

Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.

Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.

En la Comunidad de Murcia, en el Acuerdo alcanzado por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, se señala con carácter retribuido y recuperable «El sábado día 6 de enero, Epifanía del Señor en ejercicio de la opción establecida en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores».

Fte.BOE http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Novedades/18_12_2017_Calendario_de_dias_inhabiles_en_el_ambito_de_la_Administracion_General_del_Estado_para_2018.shtml

ASELEC, Asesoria y Abogados

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