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APORTACIONES A LA FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN: SUJETOS OBLIGADOS, PLAZOS DE PRESENTACIÓN Y CÁLCULO DE LA APORTACIÓN.
Todas las empresas encuadradas en el sector de la construcción están obligadas a realizar aportaciones obligatorias a la Fundación Laboral de la Construcción (FLC) para que ésta tenga fondos que posteriormente serán revertidos en las finalidades previstas por el citado Convenio Colectivo.
El destino de las aportaciones realizadas por los empresarios obligados lo constituyen diversas acciones que promueve gratuitamente la FLC. Entre otras:
- Cursos formativos , on line o presenciales, destinados a formar o a ampliar la formación en materias relacionadas con la construcción.
- Obtención de forma gratuita la Tarjeta Profesional de la Construcción (TPC). Esta tarjeta está vinculada a la formación en materia de prevención de riesgos laborales, a disposición de todos los trabajadores del sector de la construcción. La tarjeta avala también la experiencia en el sector, cualificación profesional y la formación recibida.
- Se facilita la gestión de los aspectos preventivos de las empresas del sector a través de la plataforma de gestión de prevención de riesgos laborales de la Fundación Laboral de la Construcción.
- Asimismo dispone de una bolsa de empleo para la búsqueda de trabajadores.
SUJETOS OBLIGADOS
Están obligadas a cotizar a la FLC todas aquellas empresas y entidades que contraten trabajadores por cuenta ajena que realicen actividades incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio General del Sector de la Construcción.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
La obligatoriedad de cotizar surge en el momento en el que el empresario tiene un trabajador a su cargo, desde el primer día en el que se produce la situación de alta, incluido el periodo de prueba.
La obligación de cotizar cesa cuando el empresario se queda sin trabajadores a su cargo, siendo las bajas de carácter firme.
CÁLCULO DE LA APORTACIÓN
El VI Convenio General del Sector de la Construcción, establece la cuota a pagar a la Fundación Laboral de la Construcción como un porcentaje sobre la Base de Cotización a la Seguridad Social. Para este año 2017, la cuota se fija en el 0,35%.
Si tiene alguna pregunta acerca de este tema, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Emilia Espin
Graduada Social
Dpto. Laboral-Contable
ASELEC asesoría y abogados.