¿Sabe que puede obtener una ayuda de hasta 6.000€ por implantar un plan de igualdad en su empresa o negocio?

PLANES DE IGUALDAD

Un plan de igualdad, en el ámbito de las organizaciones laborales se puede definir como un instrumento para integrar la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres define plan de igualdad en su art. 46 “como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.”

¿POR QUÉ ES NECESARIO IMPLANTAR UN PLAN DE IGUALDAD?

• Acabar con los desequilibrios y desigualdades en el acceso, participación y desarrollo de las mujeres y de los hombres en la organización. 

• Asegurar que todos los procesos de gestión (comunicación, calidad, prevención de riesgos, responsabilidad social, entre otros) y los procesos de gestión de recursos humanos, se realizan de acuerdo al principio de igualdad de trato y oportunidades. 

• Alcanzar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la organización, es decir, lograr que mujeres y hombres se encuentren en el mismo punto de partida. 

• Garantizar un adecuado tratamiento de la gestión del talento de su personal, así como una mejora del conocimiento de la organización y con ello, de su funcionamiento.

Por estas razones, el Instituto de la Mujer convoca esta subvención de hasta un máximo de 6.000€ para promover la implantación de planes de igualdad en pequeñas y medianas empresas.

OBLIGATORIEDAD DE LOS PLANES DE IGUALDAD

Recordar que estos planes de igualdad son OBLIGATORIOS para aquellas empresas que,

  • lo tengan establecido por convenio
  • empresas de más de 250 empleados
  • autoridad laboral lo hubiera acordado en un procedimiento sancionador.

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA SUBVENCIÓN

  1. Ser empresa de entre 30 y 49 personas
  2. Elaboración por 1ª vez el plan de igualdad efectiva de mujeres y hombres y para eliminar la, discriminación por razón de sexo (art. 49 Ley Orgánica 3/2007 de 22 marzo.

Ojo que NO podrán ser beneficiarios aquellos que hayan elaborado con anterioridad a la publicación de esta convocatoria un plan de igualdad independientemente de si han obtenido o no ayudas o subvenciones.

PRINCIPALES CONTENIDOS DE LOS PLANES DE IGUALDAD

  1. Compromiso de todos en la empresa, dirección y conjunto de plantilla en la elaboración implantación y seguimiento del plan de igualdad 
  2. Fomentar el uso de un lenguaje no sexista 
  3. Áreas a modificar, en el caso de que existan deficiencias:
    1. Acceso al empleo: estableciendo un procedimiento de igualdad de oportunidades, facilitando la incorporación a puestos en los que la mujer este menos representada, así como formación en los procesos de selección y reclutamiento para que no sea sesgados y se favorezca la igualdad de trato.
    2. Condiciones de trabajo: igualdad retributiva, tipo de contratación, número de mujeres en cargos de responsabilidad, clasificación profesional.
    3. Promoción y formación profesional: criterios que den lugar a la igualdad a la hora de promocionar en el trabajo. Formación y sensibilización en igualdad de oportunidades 
    4. Tiempo de trabajo: flexibilización de horario en terminaos de igualdad entre mujeres y hombres o en la adopción de medidas de conciliación de la vida laboral, personal y familiar y de corresponsabilidad.GUÍA DEL REGISTRO DE JORNADA

      LAS 10 CLAVES DEL REGLAMENTO SOBRE PLANES DE IGUALDAD

    5. Actuación de prevención y actuación frente al acoso sexual: elaboración y aprobación de un protocolo frente el acoso sexual por razón de sexo, negociado con la representación legal de la plantilla y difundir en el código de buenas prácticas.
    1. Comunicación y lenguaje: uso de un lenguaje no sexista en las acciones dirigidas a la política de imagen de empresa reeducando y previniendo acciones discriminatorias. 

FASES DE ELABORACIÓNN DEL PLAN DE IGUALDAD

  1. Estudio datos estadísticos en materia de igualdad entre hombres y mujeres. 
  2. Elaboración de un plan que subsane las carencias detectadas.
  3. Fase 1 de implantación del plan de igualdad: consistente en implantar 3 acciones que se han definido anteriormente siendo éstas prioritarias, en función de las deficiencias detectadas. 

Las más importantes a llevar a cabo son: el compromiso de la dirección, ya que sin el apoyo de estos el plan no podría levarse a cabo, así como la constitución de un equipo de trabajo con los representantes de los trabajadores y junto con la dirección para la elaboración del plan, y por ultimo dar difusión al plan de igualdad y otros protocolos y/o manuales aprobados durante la elaboración de este plan.

PLAZO DE PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE LA SUBVENCIÒN

10 días hábiles contados a partir de la fecha de la publicación del extracto (13 de junio de 2019)

Y hasta el 31 de agosto de 2020 para realizar las actividades propuestas en el plan.

LUGAR

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

La cuantía máxima de la subvención será 6.000,00 €, subvención concedida a cubrir los gastos de elaboración e implantación del plan de igualdad.

El pago se realizará de forma fraccionada, en función de las fases de comprobación de cumplimiento del plan de igualdad.

INCOMPATIBILIDADES 

Esta subvención es incompatible con cualquier otra ayuda o subvención destinada al mismo fin.

DOCUMENTACIÓN

La documentación necesaria podemos encontrarla en el siguiente enlace: http://www.igualdadenlaempresa.es/recursos/subvenciones/home.htm, la cual habrá que rellenar y presentar en loa página web arriba mencionada.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

El criterio de valoración está estructurado en un sistema de puntos, como mínimo para optar a esta subvención hay que obtener un mínimo de 60 puntos. ¿Qué se tiene en cuenta y cuál es su valoración?

  1. Coherencia, planificación y adecuación del proyecto para implantar el plan. (25 puntos)
  2. Implicación y partición de los representantes de los trabajadores. (30 puntos)
  3. Gestión: recursos que se aportan a la hora de la implantación del plan. (20 puntos)
  4. Herramientas, seguimiento y evaluación previstos en el plan. (20 puntos)
  5. Antigüedad y estructura de la entidad solicitante en cuanto al equilibrio entre mujeres y hombres en plantilla. (5 puntos)

Por todo lo anterior, si este año ha pensado en elaborar un plan de igualdad, es tiempo de iniciar dicho proyecto, solicitando la subvención hasta el 13 de junio e ir implantándolo hasta 2020.

Si necesita ayuda a la hora de implantar un plan de igualdad en su empresa , en ASELEC, asesoría y abogados,  ponemos a su disposición nuestra experiencia y profesionalidadContacte con nosotros.

María José Penín Pina 

Dpto. laboral 

Aselec, asesoría y abogados

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