Las prácticas profesionales no laborales, lo que tradicionalmente hemos llamado «becas», son una buena opción para que los estudiantes universitarios y de formación profesional empiecen a estar en contacto con el mundo laboral y a ganar experiencia.

De este tipo de prácticas se derivan beneficios tanto para los estudiantes como para las empresas o profesionales que deciden contar con la ayuda de becarios. Además, en este 2024, se ha producido un importante cambio, y ahora los becarios deben cotizar a la Seguridad Social.

Qué son las prácticas profesionales no laborales

Tienen esta consideración todas aquellas que son realizadas por personas que tienen escasa o ninguna experiencia laboral. La particularidad es que en estos casos no surge una relación laboral entre la empresa y quien lleva a cabo las prácticas.

Lo que sí existe es un convenio de colaboración entre la empresa y la entidad que le proporciona los becarios, que normalmente es una universidad o un centro que ofrece formación profesional.

Estas prácticas permiten a quienes las realizan obtener experiencia laboral en un campo relacionado con lo que están estudiando, pero en ningún caso tienen la consideración de prácticas curriculares, que son aquellas que los alumnos deben realizar obligatoriamente para obtener su titulación.

La duración de estas prácticas oscila entre los tres y los nueve meses. Puesto que son prácticas no laborales y no hay un contrato de trabajo, no se abona un salario, pero sí se ofrece una beca de apoyo, cuya cuantía mensual será, como mínimo, del 80 % del IPREM que esté vigente en cada momento. Esta cuantía busca compensar los gastos que la persona en prácticas pueda tener como consecuencia de acudir al lugar donde está “trabajando”.  Esto solo en el caso de que las
Prácticas No Laborales sean remuneradas.

Al finalizar las prácticas, o incluso el desarrollo de las mismas, la empresa puede ofrecer un contrato de trabajo.

Quién puede ofrecer estas prácticas

Las prácticas las pueden realizar jóvenes de 18 a 25 años que tengan o estén cursando un grado universitario, una formación profesional de grado superior o medio, o un certificado de profesionalidad.

Cualquier empresa o profesional puede ofrecer este tipo de prácticas, pero, previamente, deben suscribir un acuerdo con las personas beneficiarias y un convenio de colaboración con la entidad que pone a su disposición a quienes van a realizar las prácticas. En este sentido, puede ser el Servicio Público de Empleo (SEPE), o bien una universidad o un instituto.

El convenio recogerá la información relativa al proceso de selección de los candidatos, y las formas de control y seguimiento de las prácticas no laborales que realizará la entidad con la que se ha firmado ese documento. Lo que se busca con esto es conseguir que las prácticas contribuyan realmente a la mejora de la empleabilidad.

Qué requisitos deben cumplir las empresas para ofrecerlas

Los solicitantes tienen que ser personas jurídicas o autónomos, que estén al día de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social. Además, deben contar con un centro de trabajo dentro de la misma comunidad autónoma que la entidad con la que van a suscribir el convenio de prácticas.

La empresa tiene que presentar un programa de prácticas profesionales no laborales que indique el contenido de las tareas a realizar y la formación que las acompañará, así como la duración de las mismas y los sistemas de evaluación y tutorías que va a aplicar.

Una vez realizada la selección del candidato, la empresa tiene que firmar un acuerdo de colaboración con la persona que hará las prácticas. Este documento recoge los derechos y obligaciones de ambas partes, pero no constituye un contrato de trabajo. La empresa tiene que informar de dicho acuerdo tanto a los representantes de los trabajadores como al SEPE.

Desde el 1 de enero de 2024, A las personas que estén realizando prácticas profesionales no laborales tienen que darlas de alta en el Régimen General de la Seguridad Social (la empresa o entidad donde se desarrollen las practices, salvo convenio que diga que la responsible es la entidad formadora)y abonar la correspondiente cotización mensual (o trimestral en el caso de las practicas no laborales no remuneradas). La cotización es igual a la que se realiza para el contrato de formación, descontando la parte que corresponde a desempleo, FOGASA y formación profesional.En el caso de las PNL no remuneradas la cotización consistirá en una cuota empresarial por
cada dia de prácticas

Entre las ayudas para empresas para prácticas laborales no profesionales, destaca una bonificación del 95 % de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes. Si las prácticas son realizadas por estudiantes de formación profesional, el 5 % restante de cotización lo asume el Ministerio de Educación.

¿La empresa obtiene algún beneficio?

Para las empresas, acoger a personal en prácticas es una forma de estar en contacto directo con las nuevas generaciones, conocer sus inquietudes profesionales y contar en la plantilla con personas que llegan con un alto nivel de motivación.

Es una forma sencilla de atraer un talento que, más adelante, se puede llegar a retener a través de la formalización de un contrato de trabajo. Por tanto, es también un interesante medio de selección de personal.

Las prácticas profesionales no laborales son beneficiosas para todos los implicados. En el caso de las empresas es, además, imprescindible ajustar este tipo de relación a la normativa vigente. Por eso, si necesitas ayuda, estamos a tu disposición en nuestra asesoría laboral en Murcia.

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