En los meses de noviembre y diciembre, además de los plazos mensuales de declaración corrientes, existen otros que tienen que ser tenidos en cuenta desde el punto de vista fiscal en la empresa.

PLAZOS FISCALES NOVIEMBRE

Inscripción en el Registro de devolución mensual (REDEME): con carácter general, mes de noviembre anterior al año en que deban surtir efectos.

Opción o renuncia por ingresar las cuotas del Impuesto a la importación liquidadas por la Aduana en la declaración correspondiente al período en que se reciba el documento en el que conste la liquidación practicada: con carácter general, en noviembre.

Comunicación de la condición de revendedor de teléfonos móviles y consolas de videojuegos, ordenadores portátiles y tabletas digitales de acuerdo con el artículo 82.Uno.2º) LIVA: Con carácter general durante el mes de noviembre.

Opción y Renuncia a la llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT establecidas en el artículo 68 bis del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (Suministro Inmediato de Información). Con carácter general durante el mes de noviembre.

PLAZOS FISCALES DICIEMBRE

Opciones o renuncias a regímenes especiales: con carácter general, mes de diciembre anterior al año en que deban surtir efectos.

Régimen Especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

Régimen Especial Simplificado y de la Agricultura, Ganadería y Pesca.

Régimen Especial de Criterio de Caja en el IVA.

Régimen de Estimación Objetiva y modalidad simplificada en el régimen de estimación directa en el IRPF.

Para resolver cualquier duda acerca de estas u otras obligaciones tributarias no dude en ponerse en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarle.

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Telf. 968 90 97 47

Fte. AEAT

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