Desde el 1 de julio del año 2021, entró en vigor una nueva normativa relacionada con el IVA en el comercio electrónico, la cual incluye numerosas modificaciones dentro del régimen fiscal utilizado anteriormente. Todos los profesionales que desarrollen este tipo de actividades deben conocer con detalle las nuevas condiciones, ya que la normativa varía en algunos puntos importantes.

Finalidad y principales modificaciones en la nueva normativa

La gestión del IVA en una tienda online ha variado tras esta nueva normativa, que es de obligado cumplimiento por parte de todos los comercios electrónicos dentro de la Unión Europea. Su finalidad y objetivo principal consiste en agilizar los trámites administrativos a los emprendedores y reducir las diferencias entre el IVA de los países miembros. El panorama ha cambiado bastante si miramos la anterior normativa, por lo que es preciso identificar las principales modificaciones aplicadas.

La primera de ellas, una de las más relevantes, nos dice que toda operación dentro del e-commerce quedará sujeta al IVA del país receptor de la mercancía, es decir, del consumidor. Con ello se eliminan los umbrales nacionales expuestos en la anterior normativa, y los comerciantes tienen dos condiciones bajo las cuales pueden repercutir el impuesto en su país:

  1. Su actividad de venta online de bienes y servicios no supera los 10 000 euros en el ejercicio presente ni en el anterior.
  2. El negocio solo tiene un país de origen establecido en la Unión Europea.

Todo esto quiere decir que, en caso de incumplir cualquiera de las dos condiciones, el negocio tendrá que repercutir, de forma obligatoria y en todos los casos, el IVA en el país de destino. Pese a que este se puede considerar el cambio más grande dentro del nuevo marco normativo, existen algunas modificaciones considerables que también debemos tener en cuenta:

  • Se retira la exención en la importación de bienes de bajo valor.
  • Se modifica el lugar de realización de la entrega de bienes.
  • Se actualiza la definición de venta a distancia.
  • Nueva interfaz digital para entrega de bienes.
  • Nueva modalidad para declarar IVA en importaciones de bienes cuyo valor no supere los 150 euros.
  • Se amplían los regímenes especiales para declarar los servicios TRE cuando se tributa en destino.

Nuevas modificaciones de la normativa en detalle

Interfaces digitales

La normativa vigente del e-commerce IVA trae consigo la modificación de las interfaces digitales. Cuando el valor intrínseco de los envíos no supere los 150 euros, el titular de la interfaz recibe y entrega los bienes importados en nombre propio, algo que también ocurre cuando se facilita la entrada de mercancías que provienen de un Estado no miembro. Las entregas estarán exentas de IVA, y el titular puede utilizar ventanilla única para declarar los impuestos correspondientes.

Nuevas categorías de entregas de bienes

Ahora podemos encontrar dos nuevas categorías de entrega de bienes, y regímenes de ventanilla única en cada uno de ellos:

  1. Venta a distancia intracomunitaria. Hace referencia a las entregas que se transportan desde un Estado miembro y llegan directamente al consumidor final. Si superan el umbral de 10.000 euros, tributarán en el país de destino, permitiendo la posibilidad de ventanilla única al tributar los impuestos de e-commerce.
  2. Venta a distancia de bienes importados. Son las ventas que se transportan desde un país tercero hacia un Estado miembro, y cuentan también con un régimen de ventanilla única para ventas inferiores a 150 euros. Además, se elimina la antigua exención aplicada en bienes de escaso valor (inferior a 22 euros).

Modalidades especiales de ventanilla única

Se exponen tres nuevas modalidades para declarar el IVA en el régimen de ventanilla única (una sola declaración para todas las operaciones europeas):

  • Régimen de importación, en venta de bienes importados de países terceros, y con valor inferior a 150 euros.
  • Régimen exterior, prestados por profesionales externos a la CE.
  • Régimen de la UE, prestados por profesionales de la CE y Estado diferente al del consumidor.

Es imprescindible estar al día con respecto a la nueva normativa del IVA en el comercio electrónico, dados los importantes cambios que esta supone tras su entrada en vigor el 1 de julio de 2021. No dudes en contar con los servicios de una asesoría fiscal en Murcia para administrar y gestionar el pago de impuestos de tus ventas internacionales.

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