DECLARACIÓN ANUAL DE OPERACIONES CON TERCERAS PERSONAS

Durante el mes de febrero presentaremos esta declaración informativa si, durante el año natural anterior, el importe total de las operaciones realizadas con un tercero superan la cantidad de 3.005,06 € (impuestos incluidos), computando de forma separada las entregas y las adquisiciones de bienes y servicios.

En la declaración anual, como regla general, se incluirán las entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes y servicios sujetas y no exentas de IVA, así como las no sujetas o exentas de dicho impuesto. 

¿Quienes están obligados a la presentación del Modelo 347?

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las herencias yacentes, comunidades de bienes, las comunidades de propietarios y las entidades o establecimientos privados de carácter social a que se refiere el artículo 20.Tres de la Ley del IVA. 

Si no tienes claro si estás obligado a presentar esta declaración informativa MODELO 347 o necesitas ayuda en su confección y presentación, no dudes en contactar con nosotros, en ASELEC, Asesoría y Abogados disponemos de un equipo de profesionales en materia fiscal que te proporcionará toda la ayuda que necesitas para cumplir con todas tus obligaciones fiscales. Contacta con nosotros aquí o en el teléfono 968 909 747. Estaremos encantados de ayudarte.

Marga Velasco

Economista

Dpto. Fiscal-Contable

Aselec, asesoría y abogados

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