En línea con las directrices generales del Plan de Anual de Control Tributario y Aduanero de 2017, aprobadas por las Resolución de 19 de enero de 2017 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Hacienda está realizando una campaña de control de las obligaciones de IVA, mediante el seguimiento de las entradas y salidas bancarias del año 2016.

Una de las directrices de dicho Plan es la Prevención, investigación y control del fraude tributario y aduanero que lleva a  la intensificación del desarrollo de instrumentos informáticos ad hoc que faciliten la identificación de perfiles de riesgo, utilizando toda la información disponible en las bases de datos de la Agencia.

Para el control en el fraude del IVA, están previstas las siguientes actuaciones de control:

  • La detección de prácticas que supongan la entrega de bienes o la prestación de servicios sin la adecuada repercusión del IVA, con especial atención a las actividades económicas realizadas con consumidores finales y/o sobre las que existan datos de utilización de software de doble uso.
  • Las actuaciones presenciales de diversa intensidad (actuaciones de personación, requerimientos, visitas censales) desde una perspectiva integral.
  • El refuerzo de actuaciones respecto de sectores y modelos de negocio en los que no se aprecien cambios en sus comportamientos tributarios como consecuencia y con posterioridad a la realización de anteriores comprobaciones.

En el marco de esta campaña, el Departamento de Gestión Tributaria de la AEAT ha enviado a muchos contribuyentes una comunicación cuyo objeto es informarle de que ha sido seleccionado por la Agencia Tributaria en el marco de un plan de especial de seguimiento en el cumplimiento de sus obligaciones de autoliquidación de IVA correspondientes al ejercicio 2017.

El motivo de este especial seguimiento es que las cuantías declaradas en sus autoliquidaciones del IVA de 2016 podrían no resultar coherentes con los datos de que dispone la Agencia Tributaria en relación con las cuentas bancarias de las que es titular o autorizado (cuando el titular de las mismas no dispone de rentas que justifiquen dichos datos).

Se reseñan en dicha comunicación los importes acumulados de dichas cuentas bancarias tanto en cargos como en abonos en 2016.

Sigue la comunicación de este modo:

«A lo largo de 2017 la Agencia Tributaria realizará un especial seguimiento de aquellos contribuyentes que presenten estas posibles incoherencias, pudiéndose realizar una visita destinada a la toma de datos así como en su caso el inicio de actuaciones de comprobación.

Esta carta, por sí misma, no inicia ningún procedimiento tributario, por lo que no debe enviar documentación a la Agencia Tributaria para intentar justificar el importe de los abonos o cargos en las cuentas bancarias de las que ha sido informado».

Encontramos en esta comunicación por tanto, una advertencia para que en el caso de que se hayan detectado incoherencias a lo largo del 2016, se eviten para el 2017.

Nerea Montesinos
Dpto. Contable-Fiscal
Aselec consultores, s.l.p.

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