La baja menstrual es una novedad dentro de nuestro ordenamiento jurídico pensada para aquellas mujeres que tienen períodos tan dolorosos que llegan a resultar incapacitantes y les impiden desarrollar su día a día con normalidad.

Se trata de un tema que es importante que conozcan tanto las trabajadoras como los empresarios, para estar al tanto de cuándo se puede solicitar este tipo de baja y qué condiciones tiene.

Cuándo se considera el dolor menstrual doloroso o incapacitante

La baja por dolores menstruales no se concede en cualquier caso, solo en aquellos en los que quede acreditado que el período resulta especialmente doloroso para la mujer.

Sin embargo, medir el dolor de una persona es complicado, por lo que no existen unos parámetros fijos que ayuden a los especialistas médicos a determinar en qué momento estamos ante un período especialmente doloroso que requiere de una baja médica de unos pocos días.

No obstante, se entiende que existe un problema cuando la regla va asociada a fuertes dolores, vómitos, mareos, diarrea y sangrado abundante, que muchas veces derivan de patologías previas como la endometriosis o los ovarios poliquísticos. En estos casos, el malestar que sufre la mujer es tan grande que está plenamente justificada la baja por dolor menstrual.

Se estima que una de cada dos mujeres sufre reglas dolorosas. Según los datos del Ministerio de Inclusión, se producen unas 6000 incapacidades temporales al año asociadas a dismenorreas y cuadros de tensión abdominal causados por la menstruación. La baja menstrual en España lo que hace es reconocer estas situaciones, darles entidad propia y habilitar una incapacidad temporal específica para las mujeres que padecen estos problemas.

Cómo funciona la baja laboral por dolor menstrual

Hasta que la medida entró en vigor (1 de enero de 2023), cualquier mujer que tuviera un período que le causara graves molestias podía solicitar la baja médica. Pero, al tratarse de una contingencia común, durante los primeros días de la baja no se cobraba nada, y esta es una incapacidad temporal que suele durar de dos a cinco días.

Es decir, que las mujeres que tenían que coger este tipo de baja acababan perdiendo varios días de sueldo por un episodio que puede repetirse varias veces al año.

Unir dolor menstrual y baja laboral ha mejorado la situación. Ahora, la baja menstrual es remunerada directamente por la Seguridad Social, por lo que no supone ningún coste para las empresas, y se abona la prestación desde el día uno.

Como regla general, una incapacidad temporal de este tipo se extiende de dos a tres días y, con esta medida, las mujeres que tengan que quedarse en casa para reponerse no van a tener que renunciar ya a percibir una parte de su salario.

Por lo demás, esta baja funciona como cualquier otra, y el empresario no tiene por qué estar enterado de la causa que motiva la ausencia justificada de su trabajadora. En ningún momento puede pedir explicaciones sobre ello. Esto es especialmente importante para aquellas mujeres que desean mantener su intimidad dentro del entorno laboral.

Aunque en un principio existía el temor a que muchas mujeres se acogieran a este tipo de baja, lo cierto es que la regulación está pensada únicamente para aquellas cuyo período les impide trabajar y llevar a cabo una vida normal durante varios días. Por ello, el número de bajas asociadas a este problema no son ni van a ser tan altas como algunos se atrevían a vaticinar.

Cómo se solicita y tramita esta baja

La baja menstrual puede pedirla cualquier trabajadora que lo necesite, con independencia del tiempo que lleve cotizando a la Seguridad Social y del tipo de contrato que le una con su empresa.

La tramitación de esta incapacidad es exactamente igual que con cualquier otra. La trabajadora debe acudir a la consulta de su médico de cabecera y ponerle al día de lo que le ocurre. Este valorará la situación y tomará una decisión sobre si concede o no la baja.

Si el médico de cabecera deniega la baja y las menstruaciones dolorosas son algo común para la paciente, lo mejor es que esta pida cita con el especialista para obtener un diagnóstico concreto de lo que le ocurre. Una vez que el médico de cabecera tenga constancia de que su paciente tiene un problema como la endometriosis, se mostrará mucho más partidario de conceder la baja por dolor menstrual.

Concedida la incapacidad temporal, el médico remitirá directamente el parte de baja a la empresa (ya no es necesario que lo hagan los empleados) y la trabajadora podrá tomarse los días correspondientes para descansar y reponerse. Será ella quien decida si informa a su empleador sobre el motivo de su baja, o si es algo que prefiere guardar para sí.

La baja menstrual es una novedad que beneficia a las mujeres y que los empresarios deben conocer para saber bien cómo funciona. No obstante, si en tu negocio necesitas una asesoría laboral en Murcia, en Aselec estamos aquí para ayudarte con este y otros temas.

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