Un turista con residencia fuera de la Unión Europea que haya realizado compras en España, puede recuperar el IVA pagado por dichas compras, siempre que resida en un país que no pertenezca a la Unión Europea, o sea residente en las Islas Canarias, o en las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla y además, cumplan algunos requisitos.

Cuándo se tiene derecho a la devolución del IVA

Los turistas o viajeros, tendrán derecho a la devolución del IVA siempre que:

  • El turista que acredite en el momento de la compra su identidad y su residencia fuera de la Unión Europea.
  • Las compras se documenten en una factura y en un documento electrónico de reembolso (DER) remitido a la Agencia Tributaria.
  • Las compras las debe haber realizado en la Península o en las Islas Baleares, quedando fuera de este régimen las compras que haya realizado en las Islas Canarias o en las ciudades de Ceuta y Melilla.
  • Los bienes no deben constituir una expedición comercial, es decir, debe haberlos adquirido de manera ocasional y con destino a su uso personal o de sus familiares u ofrecerlos como regalos y que, por su naturaleza y cantidad, no pueda presumirse que sean el objeto de una actividad comercial.
  • Que los bienes adquiridos salgan efectivamente del territorio de la Comunidad en el plazo de los tres meses siguientes a aquel en que se haya efectuado la entrega.

Asimismo, quedan excluidas de este régimen las entregas de bienes destinadas al equipamiento o avituallamiento de cualquier medio de transporte de uso privado (por ej. Neumáticos y combustible).

¿Cómo se realiza la devolución del IVA a viajeros?

Para empezar, el viajero tiene que presentar en la Aduana del puerto o aeropuerto los bienes adquiridos y la factura junto con el pasaporte u otro documento que lo identifique.

La Aduana comprobará el cumplimiento de los requisitos anteriores y sellará la factura. Una vez que le hayan diligenciado la factura, tendrá que enviarla al proveedor para que éste le abone el IVA a través del medio de pago que hubieran pactado. O bien, a través de las entidades colaboradoras del “tax free”, autorizadas por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) que están situadas en las aduanas españolas de salida.

En este caso, el turista presentará en dichas entidades las facturas diligenciadas por la Aduana y le abonarán en el acto el impuesto repercutido en la factura, menos una comisión.

Por su parte, el vendedor, tendrá que emitir la factura completa (no son válidos los tickets) en la que se indicarán los bienes adquiridos y separadamente el impuesto que corresponda, cuando se produzca la entrega de los mismos. Posteriormente, cuando reciba la factura diligenciada (por parte del viajero o de la entidad “tax free”) procederá al reembolso del impuesto satisfecho por el turista.

Esto se materializará con una factura que anula la que emitió sujeta a IVA y con la factura definitiva exenta por entregas de bienes a viajeros según el art. 21 2.a de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

¿Qué documento tiene que proporcionar el vendedor al viajero para ser sellado en la aduana de salida?

Como hemos señalado antes, el vendedor deberá expedir la correspondiente factura y además un documento electrónico de reembolso (DER), ambos en el momento de la compra.

El DER está disponible en la Sede electrónica de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en los que se consignarán los bienes adquiridos y, separadamente, el impuesto que corresponda.

En el documento electrónico de reembolso deberán consignarse los siguientes datos del viajero: identidad, país de residencia, fecha de nacimiento y número de pasaporte del viajero.

La entidad colaboradora o la tienda vendedora deberá comprobar el visado del DER, como requisito previo a efectuar el reembolso. Asimismo, deberá comunicar a la Agencia Tributaria que el reembolso se ha hecho efectivo.

La copia del formulario entregado (DER) a los viajeros llevará un CSV (código seguro de verificación) con el que el viajero siempre podrá conocer el estado de tramitación de su petición devolución de IVA, en todo momento. Consultándolo en las gestiones de esta misma página.

Es importante tener en cuenta que el DER suministrado al viajero debe contener un código de barras o un código QR para su posterior lectura en el momento del sellado, (no cumpliendo este requisito la copia de la pantalla del ordenador con el que se emita el formulario a la Agencia Tributaria).

DIVA o Sellado digital TAX FREE

DIVA”, es el sistema electrónico de devolución del IVA a viajeros que permite agilizar los trámites de sellado de documentos y sustituye al procedimiento anterior, de sellado manual.

Desarrollado por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria española, para la digitalización del sellado de la prueba de salida de TAX FREE.

Mediante este sistema, la Aduana española podrá sellar de forma electrónica las facturas/ formularios de reembolso presentados por los viajeros en el momento de salida de la Unión Europea, según dispone el artículo 21. 2º A) de la Ley 37/1992, reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Desde 1 de enero de 2019 es el único sistema válido para la devolución de IVA de viajeros por compras realizadas en España.

Se trata de un formulario web (formulario DIVA) que el turista debe cumplimentar y validar electrónicamente en el punto de sellado de IVA del puerto o aeropuerto en el momento de abandonar el territorio de la Unión Europea.

Ventajas de un sistema electrónico para los viajeros

El procedimiento de devolución es más ágil con DIVA. La Agencia Tributaria, al disponer de forma anticipada de la información de las ventas tax free, podrá efectuar sus controles más eficazmente, minorando por consiguiente el tiempo de espera en el punto de sellado.

Ventajas de un sistema electrónico para los comerciantes

Permite el fomento de las ventas, por el valor añadido que el DIVA da a sus clientes.

Tiene mayor seguridad y trazabilidad en todo el proceso, puesto que sus documentos de reembolso de IVA están disponibles directamente en el sistema de la Administración.

Para cualquier aclaración o duda, por favor contacta con tu asesoría fiscal en Murcia. Estaremos encantados de ayudarte.


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