Ayudas al fomento del empleo de la Cámara de Comercio de Murcia 2017

La Cámara de Comercio de Murcia ofrece ayudas a empresas para la contratación de personas sin empleo y a emprendedores que decidan iniciar una actividad empresarial y/o profesional, y que hayan finalizado, en el marco del Programa Integral de Cualificación y Empleo, la fase de orientación vocacional y la fase de formación troncal del Plan de Capacitación.

Estas ayudas estarán cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (FSE) dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020.

LINEA 1: AYUDA A LAS EMPRESAS

Ayuda directa a empresas de 4.950€ que contraten a jóvenes desempleados beneficiarios del SNGJ y que hayan finalizado la orientación vocacional y la fase de formación troncal dentro del Plan de Capacitación del PICE (Programa integral de capacitación y empleo) que imparte la Cámara de Comercio.

Los contratos han de ser a tiempo completo y con una duración mínima de 6 meses y en cualquiera de las siguientes modalidades:

  • Contratos indefinidos.
  • Contratos temporales.
  • Contratos en prácticas.
  • Contratos para la formación y el aprendizaje.

No tendrán la consideración de subvencionables los contratos formalizados con personas que hubieran tenido relación laboral con el beneficiario o empresa vinculada en los seis meses anteriores al de la formación del contrato.

Se debe garantizar un mantenimiento mínimo del empleo durante al menos los seis primeros meses, a contar desde la firma del contrato.

LINEA 2: AYUDAS A EMPRENDEDORES

Ayudas directas de 1.800€ dirigidas a empresas creadas dentro de la provincia de Murcia por jóvenes emprendedores en alta como autónomos desde el momento de entrada en vigor (27 de agosto de 2017) y hasta el 29 de diciembre de 2017 o bien en alta en fecha anterior a la entrada en vigor y de alta a la fecha de la solicitud.

Deben estar inscritos en el SNGJ en incorporados en el Plan de Capacitación del Programa PICE de la Cámara de Comercio de Murcia. Los solicitantes tendrán que haber tramitado previamente su inscripción y participación en la fase de orientación vocacional y formación troncal del Programa PICE.

La actividad se puede desarrollar como persona física que en nombre propio desarrolla la actividad económica o profesional a título lucrativo, o mediante su participación como socio, comunero o similar en una entidad o persona jurídica.

Solo podrá otorgarse una única ayuda por actividad empresarial y/o profesional, con independencia de que en al misma participe más de un joven que reúna los requisitos señalados.

No será compatible el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos con el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.

Se deberá permanecer en alta en el Impuesto de Actividades Económicas y en el Régimen Especial de Trabajadores durante un mínimo de 12 meses.

El plazo de presentación de solicitudes para ambas líneas de ayuda finaliza el 29/12/2017.

En Aselec te ayudamos a poner en marcha tu proyecto, y a realizar los trámites necesarios para obtener las ayudas y subvenciones a las que tengas derechoContacta con nosotros.

 

Emilia Espín
Graduada Social.
Dpto. Laboral
ASELEC asesoría y abogados.

 

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